Soluciones en Contabilidad Electrónica

Dudas Frecuentes del RIF

Pregunta

El pago por la adquisición de gasolina en este régimen, cuyo importe sea igual o menor a 2,000 pesos, ¿puede hacerse en efectivo?

Respuesta

Sí, puede hacerse en efectivo.

 

Fundamento legal Art. 112 Fracción V del LISR 2014

 

Pregunta: Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal ¿cuándo deben presentar las declaraciones del primero y segundo bimestres de 2014?

Durante julio. Cada bimestre debe declararse por separado.

Fundamento legal:

Artículo Cuarto Transitorio de la actualización de la 2a Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, publicada en el portal del SAT y Regla I.2.9.3 de la RMF 2014.

Pregunta: ¿Qué debe registrarse en Mi contabilidad, sección Gastos?

Todos los gastos en los cuales no se entregó una Factura Electrónica. Si se conoce el RFC del proveedor se debe capturar en la aplicación.

Fundamento legal:

Regla I.2.8.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

Pregunta: ¿Debo presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, conocida como DIOT?

Respuesta: No, si registras la información de tus gastos (egresos) del bimestre anterior en Mis cuentas. 

Fundamento legal: Artículo 5-E último párrafo de la Ley del IVA.

¿Qué obligaciones se deben cumplir en el régimen de Incorporación?

Respuesta:

Entre otras: ? Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. ? Conservar comprobantes con requisitos fiscales, cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación. ? Registrar en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones. ? Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. ? Efectuar el pago de sus compras e inversiones, mayores a $2,000.00 con cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios. ? Presentar en forma bimestral ante el SAT, los datos de los ingresos y erogaciones realizadas, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre anterior.

Fundamento legal:

Artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

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